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4 de marzo de 2009

Casación, Amonestaciones & Derechos adquiridos

Amonestación, amonestar

Es una advertencia que el empleador hace al trabajador en el ejercicio de sus facultades disciplinarias como sanción por alguna conducta contraria a sus obligaciones laborales.


Casación Recurso
Por ante la Suprema Corte de Justicia, de las decisiones de la Corte de Trabajo a las cuales la ley declara susceptibles de este recurso, así como a las decisiones de otros órganos judiciales especiales.

Derechos adquiridos
Son los pagos que debe realizar el empleador al trabajador con ocasión de la terminación de un contrato de trabajo por cualquier causa. Estos pagos se componen de la compensación por vacaciones no disfrutadas, salario de navidad y participación en los beneficios de la empresa.


Indemnizació & Pension por discapacidad. (LEY 87-01)

Indemnización y pensión por discapacidad

El Afiliado tendrá derecho:

a) A una indemnización o pensión por discapacidad permanente parcial para la profesión habitual, cuando, como consecuencia del riesgo del trabajo, sufriese una disminución permanente no inferior a un medio de su rendimiento normal para di-cha profesión, sin impedirle la realización de las tareas fundamentales de la misma;

b) A una pensión por discapacidad permanente total para la profesión habitual cuan-do, como consecuencia del riesgo del trabajo, quedase inhabilitado permanente-mente y por completo para ejercer las tareas fundamentales de dicha profesión u oficio, siempre que pueda dedicarse a otra distinta;

c) A una pensión por discapacidad permanente total cuando, como consecuencia del riesgo del trabajo, quedase inhabilitado permanentemente y por completo para ejercer cualquier profesión u oficio, sin poder dedicarse a otra actividad;

d) A una pensión por gran discapacidad cuando, como consecuencia del riesgo del trabajo, quedase inhabilitado permanentemente de tal naturaleza que necesitase la asistencia de otras personas para los actos más esenciales de la vida.

Párrafo.

Las normas complementarias determinarán las condiciones de calificación para cada una de estas indemnizaciones y pensiones, así como su monto, lo mismo que los motivos de suspensión o de caducidad.